Aunque los delitos de cuello blanco pueden no parecer violentos o peligrosos, son capaces de provocar pérdidas económicas significativas a los afectados. Es por esto que el estado de California tiene leyes estrictas para proteger a las víctimas de los delitos de esta naturaleza. Debido a que la mayoría de ellos se cometen a escondidas, es posible que ocurra una equivocación y una persona inocente sea arrestada y acusada por uno de ellos.
Si esto ocurre, el bufete de abogados California Criminal Lawyer Group, ubicado en San Jose, California; puede ayudarle a demostrar su inocencia o a que sus cargos sean reducidos. Estos profesionales lo representarán durante todo el proceso penal y defenderán sus intereses y derechos para que sea absuelto de los cargos en su contra o los mismos se reduzcan.
¿En qué consisten?
También denominados delitos corporativos, los delitos de cuello blanco hacen referencia a delitos de naturaleza no violenta que generalmente tienen un móvil económico, los cuales son cometidos mayormente por empresarios o profesionales del gobierno. Asimismo, los perpetradores suelen ser personas respetables y de un estatus social alto, los cuales cometen estos delitos durante el desempeño de sus funciones. Existen una gran cantidad de tipos de delitos de cuello blanco, pero los más comunes son los delitos cibernéticos, la falsificación, malversación de fondos, tráfico de información privilegiada, robo de salarios, robo de identidad, extorsión laboral y esquemas de Ponzi, entre otros.
La denominación “delitos de cuello blanco” generalmente es genérica y es utilizada para hacer referencia a todos los delitos cometidos por los ejecutivos que trabajan en oficinas o ambientes similares, en contraposición a otros delitos físicos que son cometidos por otros trabajadores denominados de “cuello azul”. Los delitos de esta naturaleza son complejos debido a que se suelen emplear técnicas y estrategias sofisticadas para cometerlos, por lo que no es fácil descubrir al perpetrador en el acto.
Esta también es la razón por la cual una gran cantidad de personas pueden ser acusadas falsamente de perpetrar un delito de este tipo. Pero encontrar un buen abogado de defensa criminal es el primer paso para que sea puesto en libertad si enfrenta cargos por un delito de cuello blanco que no cometió.
También se consideran graves por la naturaleza de las pérdidas que sufren las víctimas, ya que las pérdidas económicas vinculadas con estos delitos pueden ser significativas. Es por esto que están previstas sanciones severas para cerciorarse de que los perpetradores sean castigados por sus actos. Estas incluyen multas cuantiosas, el pago de un resarcimiento, privación de libertad por varios años, arresto domiciliario, entre otras.
Si enfrenta cargos por un delito de cuello blanco, es recomendable que se comunique con un abogado de defensa penal con experiencia, quien evaluará su caso, elaborará un plan de defensa y lo representará ante el tribunal para cerciorarse de proteger sus derechos y defender sus intereses.
¿Cuáles son los tipos comunes de delitos de cuello blanco?
Como mencionamos anteriormente, existen varios tipos de delitos de esta naturaleza. A continuación, conoceremos en qué consisten los más comunes.
1. Soborno. Consiste en persuadir a otra persona de forma corrupta y mediante el ofrecimiento de dinero o regalos. Asimismo, sobornar a un funcionario público en ejercicio de sus funciones es condenado como delito mayor. Además, existen varias disposiciones en las leyes de California que prohíben el soborno, las cuales incluyen las siguientes:
- Sobornar a un funcionario ejecutivo y ministerial, o a un empleado público. Artículo 67 y 68 PC.
- Sobornar a un funcionario legislativo de California. Artículo 85 y 86 PC.
- Sobornar a una corporación pública y a un supervisor. Artículo 165 PC.
- Sobornar a un funcionario judicial y a los miembros del jurado. Artículo 92 y 93 PC.
- Sobornar a un testigo para evitar que testifique. Artículo 137 y 138 PC.
- Soborno comercial. Artículo 641.3 PC.
De conformidad con la ley de California, el soborno tiene lugar cuando se concede o promete cualquier cosa de valor o un beneficio con la finalidad de corromper o persuadir a otra persona ilegalmente, con la finalidad de que esta cambie una acción u opinión durante el ejercicio de la autoridad pública. Un caso de soborno afecta a ambas partes involucradas en la transacción, lo cual significa que tanto la persona que ofrece el soborno como el funcionario que lo busca o acepta enfrentarán cargos por el mismo.
Para la imputación de cargos, no se tomará en cuenta si usted aceptó o realizó el soborno, ya que bastará con que haya llevado a cabo una acción para materializarlo para que sea castigado por el delito conforme a la ley de California.
¿Cuáles son sus elementos?
Los elementos más comunes de este delito, son los siguientes:
- El perpetrador ofreció o dio a un funcionario público algo de valor, con la intención corrupta de persuadirlo sobre un asunto relacionado con sus funciones públicas.
- Un funcionario público pidió, recibió, o accedió a recibir algo de valor con una intención corrupta y a cambio de realizar determinado acto relacionado con sus funciones públicas.
- La fiscalía debe demostrar estos elementos más allá de cualquier duda razonable para que el acusado sea declarado culpable.
Por otro lado, es importante destacar que un funcionario público en este caso, puede ser cualquiera de los siguientes:
- El fiscal de distrito.
- Un jefe de policía.
- Un oficial de policía.
- Un médico forense.
- Un senador del estado de California.
- Un funcionario del consejo de la ciudad.
- Un miembro de la junta de supervisores.
- Un juez.
- Un jurado.
- Un testigo.
- Una autoridad aparente.
Es importante destacar que no es necesario que el funcionario involucrado tenga potestad sobre un caso dado, lo imprescindible es que este haya actuado conforme al alcance general de su autoridad. Por otra parte, no es necesario que ambas partes estén de acuerdo con el soborno, ya que este no es un elemento del delito, por lo que el acusado puede ser declarado culpable, aunque la otra parte no haya accedido.
Por último, el valor del dinero, regalo o beneficio ofrecido no es importante siempre que este facilite la corrupción.
¿Cuáles son sus sanciones?
El soborno es un delito grave en el estado de California, el cual entraña sanciones severas. Estas pueden incluir multas y privación de libertad. Además, el perpetrador puede perder su trabajo y estatus en la sociedad. La mayoría de los casos se consideran delito grave, el cual acarrea una pena de prisión de 2 a 4 años, con la excepción de ciertos casos, como el soborno que involucra un monto menor a $400.
Además, es posible que el condenado deba pagar una indemnización de la siguiente forma:
- De $2.000 a $10.000 de resarcimiento si el soborno no fue aceptado.
- Un resarcimiento equivalente al valor del soborno recibido o de $2.000, conforme al que sea mayor entre ambos.
- Un resarcimiento equivalente al doble del soborno recibido o de $10.000, según el que sea mayor entre ambos.
Cabe destacar que, si un funcionario público comete este delito, es posible que pierda su cargo y no pueda recuperarlo.
2. Fraude de tarjeta de crédito. El fraude de tarjeta de crédito consiste en utilizar intencionalmente una tarjeta de débito o crédito de una manera fraudulenta, lo cual le provoca una pérdida a otra persona y le concede un beneficio injusto al perpetrador. Tales actos incluyen la falsificación o hurto. Cada una de estas actividades fraudulentas y sus sanciones están establecidas en una disposición distinta.
- Hurto de tarjetas de crédito o débito. Artículo 484e. Cualquier acto que implique transferir, vender, o adquirir una tarjeta de crédito o débito de otra persona o la información de alguna de estas tarjetas sin su consentimiento es una violación del artículo 484e PC.
- Falsificación de información de tarjeta de crédito o débito. Artículo 484f PC. Si usted intencionalmente modifica los datos de una tarjeta de crédito o débito válida o crea una tarjeta falsa con la información de otra persona sin su consentimiento, está cometiendo una falsificación de tarjeta de crédito de conformidad con esta disposición.
- Uso fraudulento de información de una cuenta o tarjeta. Artículo 484 g PC. Comete este hecho punible si utiliza intencionalmente una tarjeta que ha expirado o ha sido revocada o hurtada. También puede estar incurriendo en el mismo si usa una tarjeta que ha sido falsificada o alterada para adquirir productos o servicios, u obtener dinero a sabiendas de ello.
- Fraude con tarjetas de crédito o débito de minoristas. Artículo 484 h PC. Hace referencia a los casos de fraude relacionados con los comerciantes al por menor. Estos quebrantan esta disposición cuando venden productos o servicios a otra persona, a sabiendas de que la tarjeta de crédito o débito que esta última presenta es hurtada, falsificada, ha expirado, o ha sido revocada. Además, si los minoristas intencionalmente reclaman el pago de productos, servicios o dinero que no proporcionaron o cobran una suma mayor al valor del producto, también están incurriendo en un hecho punible.
- Falsificación de tarjetas de crédito o débito. Artículo 484i PC. Prohíbe la posesión o fabricación de una tarjeta de crédito falsa, o de maquinaria utilizada para la fabricación o distribución de tarjetas de crédito falsas.
- Publicación de información de una tarjeta de crédito o débito. Artículo 484j PC. Un individuo quebranta esta disposición cuando publica la información de una tarjeta, lo cual se entiende como compartirla oralmente, por escrito, o por vía electrónica. Esto incluye números de identificación personal, datos de una cuenta bancaria, o contraseñas de una computadora, con la finalidad de defraudar a otra persona o entidad.
Este tipo de fraude puede provocar pérdidas económicas significativas a los agraviados, por lo que es uno de los castigados con las sanciones más severas. Se trata de un wobbler, por lo que el acusado puede enfrentar cargos de delito menor o delito mayor. Cuando es procesado como delito mayor, el condenado enfrenta una pena máxima de 3 años de privación de libertad. Sin embargo, si este únicamente estuvo en posesión de tarjetas de crédito hurtadas o falsas, pero no las utilizó, se considerará un hurto menor, por lo que será condenado por delito menor y recibirá una pena máxima de 6 meses de cárcel.
Por su parte, la falsificación de una tarjeta de crédito o los datos de una de estas es un delito más grave que es procesado como delito mayor y es castigado con una pena de prisión no mayor a 3 años.
3. Malversación de fondos. De conformidad con el artículo 503 PC, este delito se define como el apoderamiento fraudulento de la propiedad de otra persona, quien se la ha encomendado al perpetrador. Este delito está constituido por una serie de elementos que la fiscalía debe demostrar para que el acusado sea declarado culpable, los cuales son los siguientes:
- Alguien le encomendó un bien, ya sea directamente o mediante un tercero.
- Tal persona le encomendó el bien porque confiaba en usted.
- Usted utilizó el bien en beneficio propio o se apoderó del mismo.
- Usted tenía la intención de quitarle el bien a su propietario legal.
Cabe destacar que una persona puede enfrentar cargos por este delito, aunque no haya conservado el bien y solo haya tenido la intención de utilizarlo por un periodo corto. Por otra parte, únicamente pueden imputarle cargos por el mismo si el propietario le encomendó el bien debido a que confiaba en usted, por lo que puede ser cometido por ciertos empleados, administradores de propiedades, o depositarios; como un guardacoches o mecánico.
Por otra parte, es imprescindible que haya utilizado el bien en beneficio propio o se haya adueñado del mismo de manera fraudulenta. En este sentido, se entiende que una persona a quien se le ha encomendado algo actúa fraudulentamente si se aprovecha de otra persona, o le causa una pérdida al abusar de su confianza o incumplir con una obligación. Esto significa que una persona no puede ser declarada culpable de este delito si el propietario del bien no sufre una pérdida como consecuencia de los actos del acusado, o este último no obtiene un beneficio de ello.
¿Cuáles son sus sanciones?
Las sanciones previstas para los condenados por este delito dependen del monto del dinero o valor de los bienes que malversaron. En este sentido, si este es menor a $950, o el bien es un automóvil o un arma de fuego, enfrentará cargos de malversación de fondos como hurto menor y se dictarán las sanciones previstas en el artículo 487 PC. Por su parte, un empleado que malversó más de $950 de su empleador en diferentes ocasiones dentro de un periodo de 12 meses, enfrentará cargos de malversación de fondos como hurto mayor.
En la mayoría de los casos, la malversación de fondos por hurto mayor es un wobbler, por lo que puede ser condenado como delito menor o mayor. El juez decidirá cómo condenarlo en base a las circunstancias específicas de su caso y su historial delictivo. Como delito menor, recibirá una pena máxima de 1 año de cárcel, una multa no mayor a $1.000, o libertad condicional para delitos menores. En tanto que, como delito mayor, será castigado con una libertad condicional para delitos mayores, de 16 meses a 3 años de prisión, y/o una multa no mayor a $10.000.
Los demás casos que no califiquen como malversación por hurto mayor son considerados malversación por hurto menor, conforme al artículo 488 PC. Las sanciones potenciales para este delito incluyen una pena máxima de 6 meses de cárcel y/o una multa no mayor a $1.000.
Cabe destacar que para la imposición de la pena se tomarán en cuenta las circunstancias atenuantes o agravantes. Por su parte, si la víctima era un anciano o un adulto dependiente, el juez dictará una pena más severa, la cual puede incluir años adicionales de cárcel y una multa significativa.
4. Falsificación. De conformidad con el artículo 470 PC, la falsificación consiste en firmar el nombre de otra persona intencionalmente en un documento legal sin su consentimiento, falsificar un sello o la letra de alguien más, o falsificar un documento legal con el fin de cometer un fraude. Así como también, modificar, crear, o publicar ciertos documentos falsos; como cheques, certificados de acciones, giros postales, documentos inmobiliarios y contratos, entre otros. Cualquiera de estos actos con el fin de obtener una ganancia o beneficio personal.
Un individuo también puede ser culpable de falsificación si es cómplice o asiste en la comisión de este delito. Si es acusado de haber ayudado a otra persona a realizar cualquiera de estos actos, enfrentará cargos por asistencia y complicidad conforme al artículo 470 PC. Para ser declarado culpable, deben cumplirse los siguientes elementos:
- Haber estado consciente de que la otra persona tenía la intención de cometer una falsificación.
- Haber sabido que estaba asistiendo a otra persona a cometer una falsificación.
- Haber ayudado, instigado, o alentado a otra persona a cometer este delito.
¿Cuáles son sus sanciones?
Este delito es un wobbler en el estado de California, por lo que puede ser procesado como delito menor o mayor. Si el documento que ha sido falsificado es un cheque, bono, letra de cambio, cheque de viajero, cheque de caja, o giro postal, y el valor del mismo es menor a $950, el acusado puede ser condenado por delito menor, cuyas sanciones incluyen hasta un año de cárcel, una multa no mayor a $1.000, y/o libertad condicional para delitos menores. Además, deberá pagar un resarcimiento a las víctimas.
Pero si la condena es por delito mayor, las sanciones consisten en una pena de cárcel de 16 meses a 3 años, una multa no mayor a $10.000 y/o libertad condicional para delitos mayores. Además, el condenado deberá pagar un resarcimiento a los agraviados.
¿Cuáles son los posibles argumentos defensivos para los delitos de cuello blanco?
Ser condenado por un delito de cuello blanco puede afectar drásticamente su vida, ya que los condenados deben cumplir con penas privativas de libertad por un periodo significativo, además de pagar multas y una indemnización a los agraviados. Adicionalmente, algunos de ellos pierden sus empleos y estatus en la sociedad. Para evitar enfrentar estas consecuencias, es recomendable que sea representado y asistido por un abogado penalista, el cual se encargará de elaborar una buena estrategia de defensa para convencer al juez de desestimar sus cargos o reducirlos a uno menor. A continuación, conoceremos algunas de las defensas posibles en estos casos:
- Falta de intención criminal. Es una defensa común para los delitos de cuello blanco, ya que estos requieren que la persona tenga la intención de defraudar a alguien más. Por ejemplo, si es acusado de fraude o falsificación, la fiscalía debe demostrar que usted tenía la intención de beneficiarse de sus acciones para que sea declarado culpable. De manera que, su abogado puede ayudar a demostrar que usted no actuó con la intención de defraudar a otra persona. Si logra convencer al jurado, entonces sus cargos pueden ser reducidos.
- Acusaciones falsas. Como mencionamos anteriormente, los delitos de cuello blanco son cometidos de forma oculta, lo cual significa que es probable que no existan testigos. Por lo que es fácil que una persona acuse a alguien inocente de haber cometido un delito de esta naturaleza, tal como soborno o fraude. Sin embargo, su abogado se asegurará de investigar el caso a profundidad para demostrar que usted no fue el perpetrador del delito.
- Actuó con buena fe. Esta estrategia defensiva puede ser utilizada si enfrenta cargos por malversación de fondos y está seguro de que tiene un derecho sobre el bien en cuestión. Si tomó la propiedad sin ocultar sus acciones y no la tomó debido a que el propietario le debía algo, entonces podrá convencer al jurado de que actuó de buena fe.
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