El Código Penal en el segmento 243.4 regula el crimen de agresión sexual, e indica que incurre en dicha conducta toda aquella persona que toque las áreas intimas de otra contra su voluntad y con el mero propósito de editarse, disfrutar o cometer abuso sexual. Una acusación por este tipo de crimen puede ser procesada como concerniente a un crimen grave o uno menor lo que implica que la persona acusada en caso de ser condenada es posible que deba hacer frente a severas sanciones penales como lo son el encarcelamiento durante un lapso no mayor a 4 años y el pago de cuantiosas multas. En definitiva toda persona que incurra en el acto de tocar una zona privada de otra mientras esta última se encuentra retenida ilegalmente bien sea por la persona acusada o uno de sus cómplices, obtener excitación o gratificación de tipo sexual, o bien sea para consumar abusos sexual debe responder legalmente por la comisión de un crimen.
Tal como se mencionó, una agresión sexual puede ser juzgada como un crimen menor o grave, lo cual definirá la severidad de las sanciones a imponer. Es posible presentar cargos por un crimen grave cuando la víctima resultó ilegalmente retenida, institucionalizada y está incapacitada médicamente o discapacitada gravemente o se le obligó a tocar sus zonas íntimas o masturbarse o hacer dicho acto a otra persona en alguno de los escenarios mencionados, cuando no estaba consciente en cuanto a la naturaleza de un acto dado que a través de fraudes fue convencida de que el contacto perseguía fines profesionales, tal como uno médico o terapéutico, fue ilegalmente inmovilizado, se encontraba internado por lo cual era incapaz médicamente o estaba discapacitado gravemente o se le obligó a masturbarse.
Por suerte, es posible que quien resulte acusado por agredir sexualmente a otro se defienda ante la corte e intente demostrar su inocencia, para lo cual deberá contar con la asistencia de un buen abogado que posea sólidos conocimientos en la materia si busca obtener buenos resultados para su caso. Dicho abogado será el mejor acompañante y guía que podrá tener durante el proceso, quien se ocupará de analizar los detalles del caso, la acusación levantada por el fiscal y que se funda, analizará las pruebas y buscará nuevas y por último armara una defensa orientada a dejar sin efecto los cargos y que el Juez dicte la inocencia de su representado.
Si actualmente enfrenta cargos por Agresión Sexual en San Jose un abogado de la prestigiosa firma legal California Criminal Lawyer Group (San Jose) puede brindarle sus servicios de orientación además de representación durante cada fase del proceso, con la finalidad de demostrar que todo se trata de un error y que resulta injusto que usted este siendo acusado y mucho menos que pase a ser condenado. Considere que esta es una firma que lleva ya bastantes años ofreciendo sus servicios de asesoría y representación legal en casos penales y que por ende sus integrantes saben muy bien cómo manejarse y que tácticas de defensa y recursos poner en marcha para lograr su objetivo, pero siempre apegándose a las leyes, y luchando por salvaguardar las garantías y derechos de sus clientes.
¿Conforme a la legislación vigente en California que se entiende como agresión sexual?
En primer lugar debe saber que se trata de un crimen severamente regulado por las leyes penales del Estado, cuyo fundamento jurídico está establecido en la regulación 243.4 PC, la cual expresamente señala que incurre en agresión sexual toda aquella persona que toque las zonas privadas de otro, contra la voluntad de este último y teniendo como finalidad obtener excitación o gratificación sexual o concretar abuso sexual.
Son ejemplos de esta clase de crimen los siguientes escenarios:
· Un sujeto de forma intencional palpa los pechos de una chica a quien no conoce sin contar con su autorización.
· Retener forzosamente a un sujeto mientras se desabrocha sus pantalones e introducir la mano en la ropa interior.
¿Cuáles son los elementos del crimen?
Para que una persona que resulte acusada por agresión sexual en efecto posteriormente sea condenada, no basta con que el fiscal levante cargos, sino que el mismo deberá demostrar en juicio ante el Juez mediante la presentación de pruebas irrefutables que el acusado incurrió en una amplia variedad de elementos, los cuales se denominan constitutivos del crimen. Tome en cuenta que deben probarse los elementos en su totalidad y no es suficiente con demostrar que se configuró solo alguno de ellos, dado que en caso contrario los cargos deben ser desestimados. Una vez comprendido esto, adelante le vamos a contar cuales son los elementos requeridos para que se entienda cometido un crimen de agresión sexual:
1. Que la persona acusada tocó una zona íntima de otro.
2. Que realizó dicho acto sin contar con su aprobación o contra su voluntad.
3. Que realizo dicho acto solo para obtener gratificación o excitación sexual o concretar abuso sexual
Considere que para que se entienda cometido el crimen en estudio no hace falta que la persona acusada haya consumado algún tipo de penetración sexual. Además una persona puede ser condenada conforme a la regulación 243.4 PC si está implicada con la supuesta víctima en cualquier relación sexual de tipo continuo.
Por otro lado, debe considerar que estos elementos corresponden a los exigidos para un crimen menor de agresión sexual, pero cuando ocurren otras circunstancias más delicadas pueden llevar a que el crimen sea juzgado como uno grave. Dichas circunstancias son:
1. Que la víctima haya sido ilegalmente retenida, bien sea por la persona acusada o por otro.
2. Que la víctima se encontrara institucionalizada a fines de recibir algún tratamiento médico, pero además está discapacitada gravemente o incapacitada médicamente.
3. Que la víctima desconocía la naturaleza propia del acto, dado que la persona acusada mediante fraude le hizo pensar que tenía fines profesionales.
4. Que la víctima debía tocar las zonas íntimas de la persona acusada, uno de sus cómplices o cualquier otro, en una de las situaciones nombradas previamente
Considere que el último escenario citado corresponde a la única circunstancia donde la víctima se ve obligada a tocar las zonas privadas de la persona acusada, en vez de ser la persona acusada quien toca las zonas privadas de una víctima.
Ahora bien, con la finalidad de que comprenda mejor este segmento, vamos a darle una breve reseña sobre lo que engloban determinados términos:
Tocar
Cuando se hace referencia a tocar a otro, en relación a un crimen de agresión sexual menor, quiere decir establecer contacto físico con la zona intima de una víctima bien sea de modo directo o por medio del vestuario del acusado o de una víctima.
Mientras que cuando se alude a la palabra tocar en relación a un crimen grave, implica tener contacto físico directo o por medio de la ropa de la persona acusada con la piel al desnudo de una víctima.
Se debe hacer énfasis en el hecho de que para que se configure un crimen por agresión sexual grave es obligatorio que este involucrado el contacto con la piel al desnudo de una víctima. Es decir ni puede hablarse de agresión sexual agravada cuando solo se realiza contacto con la piel de una víctima por medio de su vestuario.
Zona íntima
Son zonas íntimas los pechos de una dama y el ano, la ingle, las nalgas u órganos sexuales de cualquier persona.
Sin el consentimiento de otro o contra su voluntad
Una persona comete agresión sexual cuando toca las zonas privadas de otra sin su autorización, contrariando so voluntad, es decir sin que una víctima haya consentido el acto. En tal sentido debe tener en cuenta que una persona consciente cuando actúa de forma voluntaria y libre con pleno conocimiento de cuál es la naturaleza inherente al acto que va a consentir.
Tome en cuenta que una persona puede ser condenada por agresión sexual incluso cuando una víctima otorga su consentimiento, de ser el caso que se le haya convencido a la misma de que el contacto perseguir fines profesionales, ello dado que se presume que un fraude anula un consentimiento. Además las personas no pueden otorgar su consentimiento cuando han sido engañadas y por ende no conocen la esencia del acto al cual pretenden acceder.
Abuso Sexual
Cuando se despliega agresión sexual para concretar abuso sexual, ello quiere decir que la persona acusada tiene como objeto humillar, intimidar o lastimar a una víctima o propiciar dolor en sus zonas íntimas.
Tocarse sexualmente persiguiendo dicho objeto se puede considerar agresión sexual hasta cuando el acto no se motiva en el propósito de sentir placer o gratificación sexual.
Restricción ilegal
Una persona restringe ilegalmente a otro cuando maneja su libertad para moverse al emitir palabras, desplegar actos o usar autoridad.
Considere que un acto de restricción se consuma contra la voluntad del otro, y para lograrlo hace falta más que usar fuerza física requerida para conseguir un acto sexual. Aunado a ello no puede hablarse de restricción ilegal cuando una persona usa autoridad legal con el fin de obtener un fin lícito, cuando la restricción siga siendo legal.
Cómplice
Debe considerar que un cómplice o colaborador incurre en el crimen de instigación y ayuda y el mismo debe ser enjuiciado del mismo modo y por ende se expone a recibir el mismo tipo de penas que el autor principal del crimen.
En relación, una persona es cómplice de una agresión sexual cuando:
· Estaba al tanto de que el autor principal estaba desplegando un acto criminal.
· Tenía el propósito y en realidad hizo:
1. Ayudo, facilito, promovió alentó o instigo la ejecución de una agresión sexual.
2. Participo en alguna conspiración criminal con el fin de consumar una agresión sexual.
¿Cuáles son las penas que se pueden imponer para castigar una agresión sexual?
Recuerde que anteriormente hicimos mención sobre el hecho de que este tipo de crimen puede ser procesado como menor o grave de acuerdo a las circunstancias.
Cuando únicamente ocurre lo siguiente:
1. Que la persona acusada tocó una zona íntima de otro.
2. Que realizó dicho acto sin contar con su aprobación o contra su voluntad.
3. Que realizo dicho acto solo para obtener gratificación o excitación sexual o concretar abuso sexual.
El crimen debe ser procesado como uno menor y por ende un Juez puede dictar las siguientes sanciones:
· Seis meses máximo de encarcelamiento que deben ser cumplidos en una correccional del condado.
· Multa de máximo 2.000,00, que puede alcanzar los 3.000,00 cuando la víctima es uno de sus empleados.
· Libertad probatoria informal por 5 años. Medida que puede ir acompañada con:
1. Trabajo comunitario.
2. Cumplir un programa para agresores.
3. Cumplir un programa destinado a personas que padecen problemas de abuso o de compulsión sexual.
4. Registro como criminal sexual en el primer nivel, durante al menos diez años.
Ahora bien, recuerde que cuando ocurre alguna de las situaciones agravantes mencionadas adelante, el crimen deberá ser procesado como un wobbler:
1. Que la víctima haya sido ilegalmente retenida, bien sea por la persona acusada o por otro.
2. Que la víctima se encontrara institucionalizada a fines de recibir algún tratamiento médico, pero además está discapacitada gravemente o incapacitada médicamente.
3. Que la víctima desconocía la naturaleza propia del acto, dado que la persona acusada mediante fraude le hizo pensar que tenía fines profesionales.
4. Que la víctima debía tocar las zonas íntimas de la persona acusada, uno de sus cómplices o cualquier otro, en una de las situaciones nombradas previamente.
Considere que un crimen wobbler es aquel que puede ser procesado como crimen menor o grave de acuerdo al criterio del fiscal, para cuya determinación deberá analizar el caso, sus consecuencias y los registros penales de la persona acusada.
De ser el caso que el fiscal opte por presentar cargos por un crimen menor, se tienen como penas disponibles:
· 1 año máximo de encarcelamiento que deben ser cumplidos en una correccional del condado.
· Multa de máximo 2.000,00, que puede alcanzar los 3.000,00 cuando la víctima es uno de sus empleados.
· Libertad probatoria informal por 5 años. Medida que puede ir acompañada con las medidas que se mencionaron anteriormente.
Mientras que cuando se presenta una circunstancia agravante que hace al fiscal formular cargos por la comisión de un crimen grave, se doran imponer como penas:
· 2, 3 o 4 encarcelamiento, y quizás entre 3 y 5 años extras de encarcelamiento cuando la víctima adquiere una gran herida corporal, la cual debe resultar sustancial o significativa.
· Multa de máximo 10.000,00.
· Libertad probatoria formal.
· Registro para toda la vida como criminal sexual.
Considere que las personas que resulten condenadas debido a un crimen grave de este tipo, cuando la víctima se encuentra institucionalizada con el fin de recibir un tratamiento médico, además padece incapacidad médica o discapacidad grave y se consuma el contacto sin su autorización, con el fin de obtener gratificación o excitación sexual o de concretar abuso sexual se exige como criminar sexual en el nivel uno, es decir como mínimo durante 10 años.
¿Es posible formular una demanda de índole civil basada en daños por agresión sexual?
Si, quien resulte víctima de una agresión sexual posee pleno derecho de formular una demanda contra el autor del crimen ante una corte civil con la finalidad de recuperarlos daños que sufrió a raíz del crimen.
Este tipo de acción es adicional y totalmente separada de los cargos de índole penal a los que deberá hacer frente la persona acusada.
Considere que en las demandas civiles recae sobre una víctima la carga probatoria, es decir le corresponde demostrar que la persona acusada ejecutó la agresión y además que dicho acto causó daños que pueden ser verificados.
Tales daños pueden abarcar:
· Fracturas médicas.
· Gastos médicos,
· Salarios caídos.
· Pérdida de la capacidad de generar ingresos.
· Sufrimiento y dolor.
· Daños a una propiedad.
¿Cuáles son las defensas que se encuentran disponibles para hacer frente a cargos de agresión sexual?
Es normal que una persona acusada de agredir sexualmente a otra se aterre y de por hecho que va a ser declarada culpable e inevitablemente enviada a prisión, pero ante todo debe conservar la calma y tomar en cuenta que hay todo un proceso judicial al cual hacer frente, donde la fiscalía tendrá la carga probatoria de demostrar que se configuraron todos los elementos exigidos para que se entienda cometido el crimen, pero a la vez la persona acusada podrá hacer todo lo posible y permitido legalmente para demostrar que todo se trata de un error y que realmente no es culpable del crimen de agresión sexual. Sin embargo esto no resulta para nada sencillo, tome en consideración que un proceso penal está acompañado de un sinfín de formalidades y que muchas veces el lenguaje legal no es fácil de comprender, por ello es esencial contar con los servicios de orientación, asesoría y representación de un abogado experto en el tema que cuente con conocimientos a nivel teórico y experiencia a nivel práctico, que permitan analizar el caso, examinar las pruebas y de ser necesario obtener nuevas evidencias, para finalmente armar una táctica sólida de defensa que pueda presentar ante el Juez para convencerlo de que lo más apropiado es desestimar los cargos, y por ende declarar inocente al acusado disminuir la sentencia.
Ahora bien, para que tenga una idea le vamos a hacer mención de algunas de las tácticas de defensa que cotidianamente suelen hacerse valer frente a este tipo de cargos:
· La persona catalogada como víctima en realidad dio su consentimiento de participar en el acto: Recuerde que un elemento exigido para que se entienda cometido un crimen de agresión sexual es que la parte denominada víctima no haya dado su consentimiento de formar parte del acto, es decir que haya sido consumado contra su voluntad, por ende si el abogado defensor logra demostrar ante el Juez, que si existió tal consentimiento los cargos bajo la regulación 243.4 PC deben ser descartados.
· Insuficiencia probatoria: Con frecuencia una agresión sexual no arroja pruebas físicas o suficientes como para sustentar una sentencia, por ende cuando e fiscal no logra recaudar pruebas que vallan más allá de toda duda razonable, como para afirmar que la persona acusada incurrió en agresión sexual, los cargos bajo la regulación 243.4 PC deben ser desestimados.
· Falsas acusaciones: Esto ocurre cuando una persona acude ante la autoridad delegada y acusa falsamente a otra de cometer agresión sexual en contra suya, cuando todo se trata de una mentira, únicamente con la finalidad de causarle un perjuicio o hacerle pasar un mal rato, por celos, envidia o ira.
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